Thursday, 03 de December de 2020
DESDE DEL 1 DE DICIEMBRE, USUARIOS PODRÁN ACCEDER A SERVICIOS UTILIZANDO ÚNICAMENTE SU DOCUMENTO DE
El carné de servicios médicos ya no será un requisito obligatorio para el acceso a los servicios del Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares, de acuerdo a la Resolución 1651 de 2019, y por lo tanto a partir de la misma fecha no sé continuará con su impresión plástica.
Dicha modificación también obedece al Decreto Ley 019 de 2012, conocido como Ley Antitrámites, en el cual se suprimen algunos procedimientos y trámites innecesarios existentes en la administración pública, lo cual incluye a los sistemas de salud.
Este gran avance en la simplificación de trámites traerá múltiples beneficios a los usuarios, teniendo en cuenta que se evitará la renovación periódica, reduciendo tiempos de espera y desplazamientos de los afiliados. Esto facilitará el acceso a los servicios para los héroes de Colombia y sus familias, en pro de la modernización del sistema a través de herramientas tecnológicas que eliminen barreras para el usuario, construyendo una atención transparente y ágil.
Así mismo, se da cumplimiento al principio de equidad establecido en el Lit. h) Inc. 1 Art. 6 del Decreto 1795 de 2000, el cual establece que el acceso a los servicios de salud se debe garantizar en igual calidad a todos los afiliados y beneficiarios, independientemente de su grado o condición de uniformado o no uniformado, activo, retirado o pensionado.
Aunque el carné de servicios médicos dejará de ser un requisito obligatorio, a través de PORTAL.SIS. los usuarios que deseen podrán descargarlo luego de actualizar sus datos básicos.
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