Thursday, 13 de March de 2014
Una vez sea comunicado a través de las Jefaturas de Personal de cada Unidad Operativa Menor y Táctica mediante OAP (Orden Administrativa de Personal emitida por la Dirección de personal de la fuerza sección ascensos, se relaciona el llamamiento a estudio de ascenso al grado siguiente, debe efectuar:
La Ficha Médica Unificada debidamente firmada y sellada por los profesionales del Establecimiento de Sanidad Militar donde la elaboró teniendo en cuenta:
- Examen médico general
- Examen odontológico
- Examen psicológico
- Examen optométrico Audiometría tonal (Incluye vía aérea y vía ósea)
- Cuadro Hemático
- Parcial de Orina
- Creatinina
- Otros exámenes que se requieran para descarte o confirmación diagnóstica.
Debe ser radicada en las oficinas de Medicina Laboral Divisionarias a través de las secciones de personal de cada Unidad Operativa Menor o en su defecto con oficio dirigido a la Dirección de Sanidad Ejército en la Oficina de Registro (Carrera 7 No 52-48), recuerde anexar como soporte: Exámenes de laboratorio (antes referenciados). Válidos máximo con dos (2) meses contados a partir de la fecha de en que le fueron practicados.