Dirección de Sanidad Naval

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Jan 6, 2025 04:00 PM

PREGUNTAS FRECUENTES

Tuesday, 13 de February de 2024

¿Qué es el Servicio Social Obligatorio (SSO)?


Es el desempeño de una profesión con carácter social, mediante el cual los egresados de los programas de educación superior del área de la salud contribuyen a la solución de los problemas de salud desde el campo de su competencia profesional, como uno de los requisitos para obtener la autorización del ejercicio, en los términos definidos en las disposiciones normativas y legales vigentes.


El Servicio Social Obligatorio se encuentra establecido en el artículo 33 de la Ley 1164 de 2007 y reglamentado por las Resoluciones 1058 de 2010, 2358 de 2014 y 06357 de 2016. 


¿Quiénes deben cumplir con el Servicio Social Obligatorio?


El Servicio Social Obligatorio se cumple por una sola vez, con posterioridad a la obtención del título profesional en bacteriología, enfermería, medicina y odontología. Conforme a lo señalado en el parágrafo del artículo 4 de la Resolución 1058 de 2010, se exceptúan de prestar el Servicio Social Obligatorio los siguientes profesionales:


a) Quienes hayan cumplido su servicio social obligatorio en otra profesión del área de la salud en Colombia.


b) Aquellos nacionales o extranjeros que hayan cumplido el servicio social obligatorio en el exterior.


c) Los profesionales que hayan cumplido el servicio militar obligatorio en Colombia.


d) Los nacionales o extranjeros que hayan obtenido título de posgrado en el exterior en áreas de especial interés para el país podrán ser exentos de la prestación del servicio social obligatorio previo concepto del Comité de Servicio Social Obligatorio.


e) Los profesionales que, por caso fortuito o fuerza mayor debidamente justificada y documentada, soliciten la exoneración o convalidación del servicio social obligatorio y ésta les sea autorizada por la Dirección General de Análisis y Política de Recursos Humanos del Ministerio de la Protección Social, previo concepto del Comité de Servicio Social Obligatorio.


Los profesionales a los cuales aplique las condiciones de los literales a), b) y c) del presente artículo podrán presentarse voluntariamente a los procesos de asignación que convoque el Ministerio de Salud y Protección Social. 


¿Cuándo se puede cumplir con el Servicio Social Obligatorio y cuánto dura?


Los profesionales deben cumplir el Servicio Social Obligatorio en plazas aprobadas por las Secretarías Departamentales de Salud, la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá o la Secretaría Distrital de Salud de Barranquilla, a través de la siguiente opción: 


       Opción de cumplimiento: Inmediatamente después de obtener el titulo de pregrado


       Tiempo de duración: 1 año               


       Tipo de asignación: Directa 


¿Qué son las plazas de Servicio Social Obligatorio?


Son cargos o puestos de trabajo establecidos por instituciones públicas o privadas que permiten la vinculación legal y reglamentaria (para instituciones públicas), con carácter temporal, de los profesionales de la salud, cumpliendo con las condiciones establecidas en las disposiciones legales y normativas vigentes para desarrollar el Servicio Social Obligatorio.


Estas plazas deben ser previamente aprobadas por la autoridad competente y debe tener el estado de activo.


Las plazas de los procesos de las Fuerzas Militares se llevan a cabo por asignación directa, estas no participan en los sorteos del Ministerio de Salud, por lo tanto NO SE DEBE LLEVAR A CABO INSCRIPCION EN LOS SORTEOS QUE OFRECE EL MINISTERIO, dicha inscripción inhabilita la participación en nuestros procesos de asignación. 


¿Cuáles son los periodos de selección de las plazas que realiza la DIRECCION DE SANIDAD DE LA ARMADA NACIONAL?


Se realizará durante el año tres (3) procesos de selección de plazas de Servicio Social Obligatorio.


En cada proceso, la DISAN asignará las plazas de SSO reportadas como vacantes en los diferentes Dispensarios y Unidades Básicas de Atención Militar de la Armada Nacional. 


1. Febrero a Mayo: Segunda semana de noviembre.


2. Julio a Septiembre: Segunda semana de abril.


3. Octubre a Diciembre: Segunda semana de julio. 


¿Cómo se realiza la inscripción al proceso de asignación convocado por el Ministerio de Salud y Protección Social?


La inscripción la debe realizar el profesional a través del sitio www.sanidadfuerzasmilitares.mil.co/direccion-sanidad-naval, durante los periodos definidos en el cronograma que publica el la Dirección de Sanidad Naval antes de cada asignación.


La inscripción se realiza:


- Diligenciando completamente el formulario (vía web) en donde el profesional aporta información necesaria para el proceso


 ¿En qué momento se entiende que efectivamente se ha realizado la inscripción, y por lo tanto que el profesional participará en el proceso de selección con la DISAN Armada?


Una vez finalizado el trámite en el link y se finalice el periodo de inscripción, nos pondremos en contacto con los aspirantes en la cuenta de correo electrónico que ha registrado. 


Tenga en cuenta que la información suministrada y los documentos que soportan la inscripción, están sujetos a verificación.


En caso de presentarse alguna inconsistencia en la información suministrada, la inscripción se tendrá como no realizada.


Los aspirantes deberán consultar la cuenta de correo electrónico registrada en la inscripción con el fin de seguir los pasos indicados para la continuidad del proceso.


¿Cuáles son los documentos para la inscripción al proceso de selección?


Para los profesionales graduados:


- Acta de Grado.


- Documento de identidad por ambas caras.


- Diploma.


  Por Graduar:


- Documento de identidad por ambas caras.


- Certificación expedida por la secretaria académica de la universidad donde cursó sus estudios de pregrados, con fecha programada de grado.


-Que la fecha de grado no supere los meses del proceso al que se inscribe.


¿Existe alguna sanción para el profesional que no se presente a la plaza que le fue asignada?


Los profesionales que no se presenten para ocupar las plazas asignadas en la fecha indicada no podrán ocupar otra plaza de las sometidas al mismo proceso, como tampoco podrá ser nombrado de forma directa en una plaza que resulte vacante a nivel nacional, ni podrán presentarse a los dos siguientes procesos de asignación del Ministerio de Salud.


¿Cuál es la asignación salarial?


Los salarios relacionados a continuación, se encuentran sujetos a la vigencia 2024, una vez se realice el incremento anual por ley se procederá a realizar el ajuste correspondiente. 


Medicina: $4.183.337


Odontología: $3.806.786


Bacteriología: $3.556.004


Enfermería: $3.556.004


 

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